¿Por qué no puedo volar mi dron donde quiera?

dron

Como de costumbre, la legislación y la burocracia corren por detrás de la tecnología, cuya velocidad es altísima. Por ejemplo, en el mundo del dron, la aprobación de la Ley 18/2014 por el visto bueno de la AESA llegó tarde (y de urgencia).

El problema es que esa aprobación de urgencia (incompleta ya en su momento) sigue vigente hoy. Mientras, el mercado de los drones avanza. Esto hace que muchas personas se pregunten por dónde puede volar un dron, qué se necesita para volarlo, o qué limitaciones hay.

¿Qué es lo básico que necesito para volar un dron?

Además, por supuesto, del dron, existen una serie de condiciones para aquellos que deseen pilotar una aeronave de este tipo. Como este ocupa el aire –y de momento el aire es de todos– es necesario cumplir una serie de normas básicas para evitar problemas.

Resulta sorprendente, pero como la ley se hizo deprisa y corriendo (copiando normativa de vuelo de la AESA), todavía a día de hoy es necesario disponer de una licencia de piloto para volar un dron. Sea cual sea su tamaño.

licencia de piloto dron

Por suerte para nosotros, la AESA es una agencia considerada y nos permite usar un dron si:

  • Tenemos una licencia de piloto obtenida hace menos de 5 años. Si, por el motivo que sea, no tenemos permiso para un avión de cuatro motores, se permiten licencias de planeadores, globos aerostáticos o ultraligeros.
  • O bien demostramos que disponemos de los conocimientos técnicos para volarlo. Por ejemplo estando en una organización de formación aprobada por AESA que nos avale.

¿Y si el dron pesa menos de 25 kg, como los que se regalan a modo de juguete? Pues con haber superado un curso de pilotaje básico será suficiente. Si vais a regalar un dron, primero regalad el curso de pilotaje.

Como es muy probable que pertenezcas a ese conjunto de españoles que no se sacaron una licencia de piloto, la ley te dice que bastará con cumplir los tres puntos siguientes:

  1. Tener más de 18 años.
  2. Sacarse un certificado médico LAPL (para drones de 25 kg) o un certificado médico Clase 2 (para más de 25 kg).
  3. Acreditar que disponemos «de los conocimientos adecuados de la aeronave que van a pilotar y de su pilotaje, por medio de un documento que puede ser emitido por el operador, por el fabricante de la aeronave o una organización autorizada por éste, o por una organización de formación aprobada».

 

Lo que nos lleva de vuelta a los cursos. Todo muy tranquilizador y asequible.

¿Y lo básico que necesita mi dron para volar?

Pues, además de batería y de un mantenimiento mínimo para hacer volar la aeronave, será necesaria una placa fijada a la estructura del dron. Responsabilidad del operador de vuelo, por supuesto.

Es obligatoria para todos los drones, sin excepción, y debe incluir «de forma legible y a simple vista»:

  1. la identificación de la aeronave, mediante la designación específica,
  2. número de serie si es el caso,
  3. nombre de la empresa operadora u operador particular,
  4. y los datos para contactar con la misma.

Si uno adquiere un dron poco potente y pequeño, es posible que lo tenga complicado a la hora de incluir toda esa información. Un QR o un hipervínculo no serán válidos.

¿Dónde puedo volar mi dron?

Para empezar, en el interior de tu casa, así como en la casa de tus amigos y familiares (si te dejan). Estos casos serán los únicos para los que no será necesaria licencia ni ningún tipo de documento.

el dron en casa

Y, como norma general, podrás volar tu dron en cualquier espacio cerrado en el te den permiso. En la web de AESA se pone el ejemplo de un pabellón deportivo o un estadio cerrado. Podrás volar siempre y cuando el propietario te deje. Pero aquí sí es necesaria la licencia, del mismo modo que con el vuelo en exteriores.

A cielo abierto, la cosa cambia mucho. Se podrá volar siempre en «zonas no pobladas y en espacio aéreo no controlado», pero tan solo si se vuela «dentro del alcance visual del piloto, a una distancia de este no mayor de 500 metros y sin superar los 120 metros de altura».

dron

Solo si el dron pesa menos de 2 kg (como la mayoría de los drones orientados al juego), podrán volar más allá del alcance visual del piloto. Pero tendrán que hacerlo dentro del alcance de emisión por radio. Lógico, si queremos que el dron vuelva. Sin embargo, si queremos perderlo de vista mientras pilotamos, tendremos que pedir a los Servicios de Información Aeronáutica la emisión de un NOTAM. O, lo que es lo mismo, un aviso para el resto de usuarios del espacio aéreo sobre dónde y cuándo vamos a volar.

 

Es posible que te queden dudas. Por eso, la AESA pone a tu disposición este email:

drones.aesa@seguridadaerea.es

Referencias

Ley 18/2014

AESA

 

En Lenovo | El dron quiere ser el mejor fotógrafo aéreo

Imágenes | iStock/Bestgreenscreen, iStock/grummanaa5, iStock/erlobrown, iStock/sezer66

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