Estamos en un momento en el que la compraventa de una casa se ha vuelto toda una odisea. A muchos le cuesta encontrar inquilinos a los que alquilar su inmueble mientras que a otros y le supone un problema hacerse cargo de los gastos que esto supone tanto para alquilar como para comprarla. Sin embargo, no todo es cuestión de dinero ya que recientemente se ha vuelto de obligado cumplimiento ofrecer información sobre las calidades energéticas de la casa. De hecho, si en el futuro quieres alquilar o comprar una vivienda necesitarás saber si es de clase E o superior.
Aunque a día de hoy esta información es obligatoria mostrarlo tanto para particulares como para inmobiliarias, a partir del 2030 se volverá mucho más importante por todo lo que acarrea para el medio ambiente.
Qué pasará con las compras y alquileres de viviendas en 2030
A lo largo de los años nos ha tenido muy en cuenta la eficiencia energética de un inmueble, entendiendo por esto como un registro del consumo energético de este y que debe adecuarse a las normativas actuales para ser habitable. Como puedes ver estas últimas palabras son determinantes para el día de mañana no solamente para los futuros inquilinos, sino también para los vendedores o arrendadores de una casa. Y es que la eficiencia energética se ha convertido en un punto de interés común para todos los gobiernos que buscan una transición ecológica centrada en el respeto al medio ambiente mediante técnicas de uso de energía responsable y también renovable.
Es por eso que al igual que los electrodomésticos, las casas tienen también una certificación energética con un baremo de letras que van desde la letra A a la G, siendo la primera la de mayor eficiencia energética y la G la menor. Siguiendo el abecedario, la letra E estaría justo entre los dos términos, colocándose como una opción aceptable en términos de eficiencia energética.
Y a la respuesta ante la duda que ahora este epígrafe queda bastante claro que habrá que ajustarse a la nueva normativa de cara al 2030. Y es que la Unión Europea ha puesto este año como fecha límite para que todas las personas con una casa de categoría energética inferior a esta pongan de su parte para mejorarla en caso de que quieran venderla o alquilarla.
Sin embargo, no es la única novedad ya que en 2033 la calificación mínima requerida será de una D mientras que en el 2040 nadie se conformará con un mínimo de una B y así hasta llegar a la eficiencia A requerida para el 2050.
Qué hago si quiero mejorar la calificación energética de mi casa
En el momento en el que estamos escribiendo estas líneas te quedan todavía cinco años para adaptarte a la nueva normativa que exigirá la Unión Europea a partir del 2030. Por lo tanto, tienes tiempo para adaptarte a ella en la medida de lo posible y para eso no te quedará más remedio que hacer algún tipo de obra.
Entre las diferentes acciones que debes de llevar a cabo para lograr esa mejor energética está el uso de energía renovable en el edificio, mejorar los sistemas de aislamiento térmico así como los de climatización, utilizar alumbrado de luces LED o incluso sensores de movimiento que activen las luces de los rellanos solamente cuando haya gente en el piso o incluso retirar materiales nocivos como es el amianto.
Evidentemente, cuando estamos hablando de este tipo de cambios en un edificio supone un desembolso grande de dinero, pero por suerte hay planes y subvenciones de las diferentes comunidades autónomas para rehabilitar las viviendas en lo que a consumo energético se refiere, lo que ayuda en gran medida a que el pago de la reforma no sea tan caro.
Algunas casas o inmuebles están exentos de esta calificación
Como puedes ver tendrás que poner de tu parte para que tu casa mejore sus calidades energéticas de cara al futuro y sobre todo si la quieres vender o alquilar a una nueva persona. Sin embargo, es importante que sepas que hay algunos casos en los que no es necesario contar con esta certificación y para eso debes tener en cuenta algunas características del inmueble.
Por ejemplo, los alquileres vacacionales o viviendas de uso esporádico no necesitarán esta certificación del mismo modo que aquellos que tengan menos de 50 metros cuadrados o cuya construcción sea provisional (edificios de uso temporal cuya utilización esté comprendida en no más de dos años). Lo mismo pasa si tu inmueble está catalogado como de interés cultural, en cuyo caso también está exento.