Pese a que cuando la policía nos para en un control de tráfico no es habitual que nos pida el móvil para llevar a cabo ningún tipo de trámite, pueden ser muchos los motivos que propicien esta situación. Es importante saber exactamente qué puede hacer con él y qué no para conocer nuestros derechos.
Los controles de policía se pueden llevar a cabo por diferentes motivos. Pueden ser de modo aleatorio o se pueden producir porque estén buscando a algún sospechoso y estén registrando los vehículos que pasan por una determinada zona para descartar cualquier posible riesgo. En cualquier caso, y con independencia del fin del control en cuestión, es posible que en alguno de estos registros nos pidan nuestro teléfono móvil.
En un primer momento, es normal que llame la atención y no sepamos cómo actuar. Sin embargo, la realidad es que todo está legislado y tanto la Policía Nacional como la Guardia Civil, además de cualquier otro cuerpo de seguridad, deben respetar lo que marca la ley. A continuación, te contamos qué pueden hacer con tu smartphone y qué no.

Sí, pueden pedirte el smartphone
La Ley de Seguridad Ciudadana contempla que, efectivamente, los cuerpos de seguridad pueden realizar comprobaciones y registros en sus bienes y en sus vehículos para prevenir cualquier delito. Es decir, si lo que te preguntas es si es legal que la policía incautе tu teléfono móvil, la realidad es que sí, es completamente legal. Sin embargo, siempre se debe cumplir con el indicio de que tenga algún tipo de relación con un delito. En caso contrario, no existe ninguna razón para ello.
Además, y pese a que no todo el mundo lo conoce, la realidad es que no solamente nos lo pueden solicitar, sino que también se lo pueden llevar a cualquier otro emplazamiento en el caso de que lo estimen necesario. La razón es que está considerado como una prueba que pueda vincularnos con cualquier delito que hayan identificado.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que no es lo mismo que cojan nuestro teléfono móvil a que accedan a los datos del mismo. Para ello, sí que es necesario que exista una autorización judicial que esté motivada en algún objetivo concreto. Sin embargo, es poco probable que esta orden llegue en mitad de un registro cotidiano en nuestro vehículo, por lo que no es posible que en un control rutinario puedan acceder a la información de nuestro smartphone.
El derecho a la intimidad, la clave
Es importante tener en cuenta que la Constitución Española recoge en el artículo 18.1 el derecho a la intimidad. Además, en el 18.3 también protege el secreto de las comunicaciones de los ciudadanos. Esto quiere decir que no se puede acceder a nuestra información salvo que haya un motivo muy justificado, como que deba estar recogido por una orden judicial, como ya hemos mencionado previamente.
Como hemos podido comprobar, pueden pedir nuestro smartphone en el caso de que lo estimen oportuno. Sin embargo, esto no quiere decir que puedan acceder a la información que tenemos en su interior o a cualquier otro dato que pueda ser relevante o privado.











